Concesiones y Autorizaciones
De conformidad con lo previsto en el artículo 20 de la Ley 21/2007, de 18 de diciembre, de Régimen Jurídico y Económico de los Puertos de Andalucía, la utilización del dominio público portuario para usos que presenten circunstancias de exclusividad, intensidad, peligrosidad o rentabilidad exigirá la obtención de la correspondiente concesión o autorización administrativa.
En el presente apartado se incluye información relativa a los procedimientos para el otorgamiento de concesiones y autorizaciones administrativas.





